Descubre como puedes pagar menos en la cuota de autónomo
La tarifa plana es solo una de las bonificaciones que contempla la ley. Existen otros supuestos que permiten rebajar el importe que pasamos a detallarte a continuación, estas son las claves para pagar menos en la cuota de autónomo:
-Tarifa Plana: esta bonificación se aplica a todos los trabajadores que se den de alta por primera vez como autónomos y a aquellos que lleven más de cinco años sin estar afiliados al RETA.
-Reducción por pluriactividad: Los asalariados que se den de alta como autónomos por primera vez y van a compatibilizar ambos regímenes pueden cotizar por una base inferior a la mínima. Tienen derecho a reducir la base hasta el 50% durante los primeros 18 meses, y hasta el 75% durante el siguiente año y medio.
-Víctimas de violencia de género, terrorismo o discapacidad superior al 33%: Estos trabajadores tienen derecho a un descuento en la cuota durante los primeros cinco años de actividad.
-Autónomos colaboradores: El autónomo colaborador es un familiar del autónomo, se le reconoce una bonificación del 50% a aplicar sobre la base mínima durante el primer año y medio de actividad, y del 25% durante los seis meses siguientes.
-Ceuta y Melilla: Los trabajadores afiliados al RETA que residan o trabajen en una de estas dos Comunidades Autónomas tienen derecho a una bonificación del 50% en la cuota a abonar a la Seguridad Social.
-Bonificación por conciliación familiar: prevé una bonificación del 100% de la cuota por contingencia comunes para aquellos autónomos que, para cuidar a un menor de hasta siete años o de un familiar de hasta segundo grado de parentesco con situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%, contraten a otro trabajador.
– Sustitución por embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento: se aplica una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes, calculada sobre la base de los últimos 12 meses, si se contrata a otro trabajador desempleado con contrato de interinidad.
-Vendedores ambulantes y a domicilio: Estos autónomos, y los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que se dediquen a este negocio, pueden escoger como base mínima de cotización un importe inferior al fijado por el resto del sistema.
Fuente «El País»